Genera tu Carta de Renuncia de Chile
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y presiona el botón azul.
Completa tus datos para generar tu carta según el Art. 159 N° 2 del Código del Trabajo. Obtén un documento formal en PDF o Word que incluye la solicitud de tu finiquito y el pago de tu feriado proporcional en Chile.
Cómo usar el Generador de Carta de Renuncia para Chile
Terminar un vínculo laboral en Chile requiere formalidad para asegurar que tu finiquito se procese sin contratiempos. Nuestra herramienta te permite redactar una carta de renuncia voluntaria basada en la legislación vigente, lista para ser presentada ante tu empleador.
Pasos para generar tu documento:
- Identificación: Ingresa tu nombre completo y ciudad (ej. Santiago, Concepción).
- Datos del Empleador: Indica el nombre de la empresa (SpA, Ltda., S.A.) y la persona o departamento a cargo.
- Detalle Laboral: Define tu cargo y las fechas de inicio y término de labores.
- Cláusulas Legales: Selecciona si deseas solicitar el pago de tu feriado proporcional o mencionar el cumplimiento del preaviso.
- Descarga: Obtén tu archivo en PDF o Word de forma gratuita.
Aspectos legales de la renuncia en Chile (Art. 159 N° 2)
En Chile, la renuncia voluntaria está regulada por el Artículo 159, número 2 del Código del Trabajo. Para que este documento tenga validez legal y sea vinculante para el pago de prestaciones, debes tener en cuenta lo siguiente:
1. Ratificación de la renuncia
Para que una renuncia sea válida y obligue al empleador, debe constar por escrito y ser firmada por el trabajador. Además, debe ser ratificada ante un ministro de fe, que puede ser:
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Un notario público.
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El secretario municipal correspondiente.
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Un inspector del trabajo (puedes hacerlo online en el portal de la Dirección del Trabajo con tu Clave Única).
2. El aviso previo de 30 días
La ley chilena estipula que el trabajador debe dar un aviso con al menos 30 días de anticipación. Si bien no existe una multa automática por no cumplir este plazo, es fundamental para una salida cordial y para facilitar la entrega de tu cargo sin conflictos administrativos.
3. Pago del Feriado Proporcional
Incluso si renuncias voluntariamente, tienes derecho al pago de tus vacaciones pendientes. El empleador debe incluir en tu finiquito el monto correspondiente al feriado proporcional (los días de vacaciones que acumulaste y no alcanzaste a tomar).
Preguntas Frecuentes al renunciar en Chile
¿Me corresponde indemnización si renuncio?
Por regla general, si renuncias voluntariamente, no tienes derecho a la indemnización por años de servicio, a menos que tu contrato individual o un contrato colectivo establezca lo contrario. Lo que siempre recibirás es tu sueldo pendiente y vacaciones proporcionales.
¿Qué es la «Ley Bustos» y cómo me afecta?
La Ley Bustos obliga al empleador a estar al día con el pago de tus cotizaciones previsionales (AFP, Salud y Seguro de Cesantía). Si al momento de tu renuncia las cotizaciones no están pagadas, el empleador debe regularizarlas para que el proceso de término sea legalmente eficaz.
¿Cuánto tiempo tiene la empresa para pagar mi finiquito?
De acuerdo a la ley, el empleador tiene un plazo máximo de 10 días hábiles (contados desde la fecha de término del contrato) para poner a tu disposición el finiquito y el pago de las sumas correspondientes.
Consejos para tu trámite de renuncia
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Clave Única: Te recomendamos tener activa tu Clave Única para poder ratificar tu renuncia de forma gratuita y digital en el sitio web de la Dirección del Trabajo (DT).
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Certificado de Cotizaciones: Revisa tu certificado de la AFP antes de renunciar para asegurar que tus pagos previsionales están al día.
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Entrega de implementos: Si la empresa te entregó computador, celular o uniforme, asegúrate de pedir un acta de recepción al devolverlos.
